lunes, 23 de mayo de 2011

ARTICULO No.17- REGISTRO:

Es el testimonio de una actividad que se realiza en forma constitutiva, en donde se presentan ampliaciones, modificaciones las cuales deberan presentarse en el Registro Mercantil la cual se realiza un mes despues de la fecha de escritura y publicacion.

No hay comentarios:

Publicar un comentario