lunes, 23 de mayo de 2011

ARTICULO No.12- BANCOS, ASEGURADORAS Y ANALOGAS:

Son aseguradoras los bancos, afianzadoras, financieras y entre otros las cuales se rigen en cuanto a su forma, organizacion y funcionamento las cuales se disponen en el Codigo para que no puedan contradecir las leyes y disponer de casos especiales.

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