martes, 12 de julio de 2011

PASOS PARA REGISTRAR UN PEQUEÑO CONTRIBUYENTE

Las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, y que únicamente enajenen bienes o
Presten servicios al público en general, pueden optar por pagar el ISR como
Pequeños contribuyentes, siempre que los ingresos propios de su actividad
Empresarial y los intereses obtenidos en el año anterior no hayan excedido
Luego se empieza los pasos para hacer el registro de los pequeños En él pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, siempre que estimen que sus ingresos.
Empresa Individual
Para la Inscripción de Empresa Individual, el trámite establece que el interesado deberá presentarse al edificio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, en una de las ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU) y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripción y actualización de información de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado (SAT- No. 0014) Valor Q.1.00. Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014:
1.     Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde.
2.     No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o similares.
3.     Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una actualización utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.
Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en las casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que proceda.   De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.
La Empresa Individual (Empresa Mercantil) debe tomar la decisión de cuál será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta.
Los regímenes establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes:
1.     Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios técnicos y arrendamientos con o sin oficina.
2.     Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales 5%, sobre actividades mercantiles.
3.     Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin oficina.
4.     Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre actividades mercantiles.
5.     Contribuyente Normal sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin oficina.
6.     Contribuyente Normal sobre actividades mercantiles
Los requisitos de Inscripción para los contribuyentes tipificados dentro de estos regímenes son:
1.     Formulario de Inscripción SAT-14
2.     Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o pasaporte si fuera extranjero.
3.     Certificación de calidad de residente en el país, extendida por la dirección General de Migración, en caso de ser extranjero.
4.     constancia de colegiado activo (profesionales liberales) queda en poder de la Oficina o Agencia Tributaria.
Inscripción del negocio (Datos Generales)
En el formulario SAT- No. 0014 (Costo Q 1.00) en el reverso del mismo del numeral No.88 al 104 (Inscripción del Negocio -Datos Generales) se deberá de escribir los datos solicitados:
1.     Nombre comercial
2.     Dirección
3.     Departamento
4.     Municipio
5.     Teléfono
6.     Fax
7.     Apdo. Postal
8.     Fecha de Inicio de Operaciones
9.     Fecha de cambio (Domicilio comercial)
10.                      Otros (Datos para actualizar)
En el caso de NO contar con los mismos se tendrá que hacer una línea para ANULAR el espacio no utilizado.
Dependiendo del tipo de organización, se deberá de leer detenidamente el formulario SAT- No. 0014: Instructivo, el anverso y el reverso
Para llenarlo correctamente y evitar futuros errores que pudieran afectar a su empresa.
El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:
*  Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052
*  Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios, formulario SAT-0042.
*  Obligaciones del Régimen Simplificado Cuota Fija 5%
* Pagar trimestralmente el impuesto aplicando a sus ingresos totales por ventas o servicios, la tarifa equivalente al 5%.
* El pago deberá de realizarse en efectivo, utilizando el formulario SAT 2042, para el efecto dentro de los primeros diez (10) días hábiles de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada año.
* Para acogerse a éste régimen, los contribuyentes deberán solicitar autorización a la Administración Tributaria.
* Los contribuyentes que se encuentren en éste régimen solo podrán variar por cambio al régimen general de declaración mensual del impuesto.
* Quienes tengan autorización para pagar la cuota fija trimestral del 5% del IVA, quedan relevados de presentar: La declaración anual del IVA, los pagos mensuales o trimestrales del ISR y la liquidación definitiva anual del ISR
Régimen Simplificado Anual de Pequeño Contribuyente
Los contribuyentes que opten a este régimen determinarán el impuesto mensualmente, pero lo pagarán por trimestre calendario vencido.
Obligaciones del Régimen Simplificado Anual (Comerciantes)
Establecer el impuesto a pagar trimestralmente de la diferencia del total de débitos (IVA ventas) y el total de créditos (IVA compras).
Pagar el Impuesto resultante, dentro del plazo de los primeros diez (10) días hábiles siguientes a la finalización de cada trimestre calendario vencido en el formulario SAT-2042.
Presentar una declaración jurada anual durante el mes de febrero de cada año,(formulario SAT-2021 o 2028) en la cual se detallarán los débitos y créditos fiscales del año calendario inmediato anterior. (Informativa)
Autorizar Documentos
De conformidad con la Ley, los pequeños contribuyentes están obligados a autorizar documentos, con la finalidad de que deben documentar sus operaciones de venta o de prestación de servicios.
Los Pequeños Contribuyentes podrán utilizar los siguientes documentos: facturas, notas de débito, notas de crédito y facturas especiales.
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viernes, 27 de mayo de 2011

ARTICULO No.22-SOCIEDAD CON MENORES E INCAPACES:

Son los menores e incapaces que solo podrán actuar si tienen a un representante para constituir una sociedad mediante la autorización de un judicial, ya que ellos siempre dependeran de sus re presentantes y no de ellos mismos por ser menores.

ARTICULO No. 23 ADQUISICION DE ACCIONES POR MENORES:

 Los representantes  legales  de menores, incapaces o ausentes, pueden adquirir  para sus representados, acciones de sociedades anónimas o en comandita, siempre y cuando estén totalmente pagadas.

ARTICULO No. 21-DECLARADOS EN QUIEBRA:

Son los que no pueden construir una sociedad a los que están declarados en quiebra, siempre y cuando no hayan sido rehabilitados.


ARTICULO No. 20- TUTOR Y GUARDADOR:

Ellos no pueden constituir una sociedad con sus representados, mientras no haya terminado la minoría de edad o la incapacidad en donde están aprobadas las cuentas.


ARTICULO No. 19-SITUACIONES ESPECIALES:

Son los conyugues que pueden constituir entre si en la Sociedad Mercantil, como con las sociedades extranjeras aunque no tengan domicilio.


ARTICULO No. 18-CONTRATO ANTES DE AUTORIZACION:

 Es la persona que contrae el nombre de la sociedad, antes de que esta pueda actuar como persona jurídica.

lunes, 23 de mayo de 2011

ARTICULO No.17- REGISTRO:

Es el testimonio de una actividad que se realiza en forma constitutiva, en donde se presentan ampliaciones, modificaciones las cuales deberan presentarse en el Registro Mercantil la cual se realiza un mes despues de la fecha de escritura y publicacion.

ARTICULO No.16- SOLEMNIDAD DE LA SOCIEDAD:

Esta es una constitucion de la sociedad que esta  en un aumento o reduccion de algun capital, en donde son denominadas como fusion, disolucion o amplitudes que hacen constar la escritura publica en donde se formalizan escrituras sociales.



ARTICULO No.15- LEGISLACION APLICABLE:

Estas estan regidas por las sociedades mercantiles que de acuerdo a las estipulaciones estan en la escritura social que estan a disposicion de este Codigo, la cual esprohibido a los socios para que  ellos puedan ahcer un pacto de alguna prueba.

ARTICULO No.14-PERSONALIDAD JURIDICA:

Es la sociedad mercantil que esta constituida de acuerdo al Codigo debe hacer las respectivas disposiciones la cual esta inscrita en el Registro Mercantil, el cual tiene una personalidad juridica propia y que es distinta al de los socios individuales que estan regidas.

ARTICULO No. 13-INSTITUCIONES Y ENTIDADES PUBLICAS:

El Estado tiene entidades descentralizadas, las cuales son autonomas cualesquiera que sean sus entidades publicas, las entidades publicas no son comerciantes pero si pueden realizar actividades comerciales sujetandose a las disposiciones del Codigo.

ARTICULO No.12- BANCOS, ASEGURADORAS Y ANALOGAS:

Son aseguradoras los bancos, afianzadoras, financieras y entre otros las cuales se rigen en cuanto a su forma, organizacion y funcionamento las cuales se disponen en el Codigo para que no puedan contradecir las leyes y disponer de casos especiales.

ARTICULO No.11-CONYUGUES COMERCIANTES.

El marido y la mujer juntos deben ejercer una actividad comercial que los beneficie para que ellos tengan una buena calidad de lo que vayan a vender. Ellos como marido y mujer se tienen que apoyar en todo ya que no pueden estar separados porque si fuera asi puede que ocurra una desgracia.

ARTICULO No.10-SOCIEDADES MERCANTILES:

Son sociedades mercantiles las empresas que que pertenecen a la sociedad colectiva, a la sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anonima y la sociedad en comandita simple estas cinco sociedades son organizadas bajo forma mercantil.

ARTICULO No.8-COMERCIANTES EXTRANJEROS:

Son aquellos que vienen de otros paices a ofrecer productos. Ellos tendran los mismos derechos que los guatemaltecos siempre y cuando ellos respeten el Codigo el comerciante extranjero debera presentarse primero a personas juridicas para lo autorizen vender en el pais y tener los mismos derechos que los demas.

ARTICULO No.9-NO SON COMERCIANTES:

No son comerciantes las personas que ejerceen una profesion laboral, los que desarrollan actividades agricolas y entre otros las cuales prohibe el Codigo ya que los comeciantes no deben tener asuntos pendientes con otras personas o leyes porque eso no les permite ser comerciantes.

ARTICULO No.7-INCAPACES O INTERDICTOS:

Es cuando se adquiere una incapacidad de hacer o adquirir las cosas, como cuando decide adquirir alguna donacion o herencia un comerciante individual necesita que un juez decida si el negocio puede seguir o ya no, y si dice que ya no de inmediato lo liquidan para ya no tener mas problemas.

ARTICULO No.6-CAPACIDAD:

Muchas personas  tienen la capacidad de ser comerciantes tanto individuales como juridicas las cuales se realizan conforme al Codigo Civil ya  que estos suelen ser habiles para contratar y obligar a que se cumplan las respectivas leyes del Codigo.

ARTICULO No.5-NEGOCIO MIXTO:

Es cuando los comerciantes intervienen en un negocio juridico para que el Codigo no les de alguna multa o algunas otras cosas ya que ellos tienen que aplicar las disposiciones que poseen como comerciantes que son y respetar el Codigo ya que a ellos les beneficia.

ARTICULO No.4-COSAS MERCANTILES:

Las cosas mercantiles son los que se publican como los titulos de creditos, las empresas mercantiles con sus respectivos elementos ya que estas son muy importantes porque poseen patentes de invencion, modelo y entre otros, las cuales son muy importantes.

ARTICULO No.3-COMERCIANTES SOCIALES

Son los comerciantes que suelen organizarse en sociedades bajo las leyes del Derecho Mercantil cuales fueran sus objetivos siempre deben obeder lo que dice este Codigo, algunos comerciantes tienen buenas calidades de obras.

ARTICULO No.2-COMERCIANTES:

Son los que tienen sus propios negocios con el fin de obtener algun lucro, a ellos no les importa lo que venden porque lo unico que quieren ellos es realizar actividades diarias, para poder obtener bienes y servicios ya que eso les beneficia mucho a ellos.

ARTICULO No. 1-APLICABILIDAD:

Los comerciantes de hoy en dia suelen hacer sus actividades laborales ya que los negocios juridicos mercantiles y cosas mercantiles obligan a los comerciantes a respetar las leyes del Codigo respetando el Codigo nace lo que son los principios del Derecho Mercantil

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domingo, 15 de mayo de 2011

Pin

(PIN en inglés) es un código numérico que es usado en ciertos sistemas, como un teléfono móvil o un cajero automático, para obtener acceso a algo, o identificarse. El PIN es un tipo de contraseña. Sólo la persona dueña del PIN sabe cuál es, eso es para lo que fue creado, y tiene que ser suficientemente seguro, para que no entre gente no autorizada o use computadoras para descifrar el código. El PIN es mayormente utilizado en los cajeros automáticos y en las tarjetas de prepago telefónicas.

Hace algunos años las tradicionales tarjetas de crédito en las que se requiere firmar fueron reemplazadas por una tarjeta con un chip con un PIN. En este caso el cliente debe digitar su PIN al momento de hacer la compra.



Póliza

Es el documento que instrumenta el contrato de seguro. Refleja las normas que regulan las relaciones contractuales entre el Asegurador y el Asegurado.Sólo cuando ha sido emitido y aceptado por ambas partes se puede decir que han nacido los derechos y obligaciones que del mismo se derivan. Pese al tratamiento unitario que la legislación concede a la Póliza de Seguros, en la práctica es frecuente distinguir diferentes partes Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Condiciones Especiales: -Las Condiciones Generales reflejan el conjunto de principios básicos que establece el Asegurador para regular todos los contratos de seguro del mismo ramo o modalidad. -Las Condiciones Particulares recogen aspectos relativos al riesgo individualizado, como: Tomador, Asegurado, Beneficiario, Efecto y vencimiento del contrato, Periocidad en el pago de primas e importe e las mismas, Riesgo cubierto, Objeto asegurado, etc. -Las Condiciones Especiales: tienen como objeto perfilar o matizar el contenido de alguna de las normas establecidas., como: Franquicias a cargo del Asegurado, supresión de alguna exclusión o inclusión de otras nuevas,etc. Cuando se habla de transporte, se conoce como Póliza de Fletamento o Charter Party (en idioma inglés).

PIB

es usado como una medida del bienestar material de una sociedad. Su cálculo se encuadra dentro de la contabilidad nacional. Para estimarlo, se emplean varios métodos complementarios; tras el pertinente ajuste de los resultados obtenidos en los mismos, al menos parcialmente resulta incluida en su cálculo la economía sumergida, que se compone de la actividad económica ilegal y de la llamada economía informal o irregular (actividad económica intrínsecamente lícita aunque oculta para evitar el control administrativo).















Pignorar

La cuantía del préstamo o del crédito que se conceda estará en función del valor efectivo o de cotización de los títulos pignorados, al que se le aplica un coeficiente de reducción según el tipo de valores que se pignoren.
Esta reducción sobre el valor efectivo se establece con el fin de garantizar mejor al préstamo.

Este coeficiente de reducción o cambio de pignoración (cp) suele oscilar entre el 40% y el 90%, el más bajo cuando son títulos de empresas que no reparten dividendos y son poco solventes, y el más alto para títulos de deuda pública.





Pago

El pago es uno de los modos de extinguir las obligaciones que consiste en el cumplimiento efectivo de la prestación debida, sea esta de dar, hacer o no hacer (no solo se refiere a la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa). Pago es el cumplimiento del contenido del objeto de una prestación. En economía es toda salida material o virtual de fondos de la tesorería de una entidad.



Pagare

Un pagaré es un documento que contiene la promesincondicional de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona -llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré

Cheque

es un documento de valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.
Jurídicamente el cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito, que es librado, el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona



Certificacion de Deposito de Mercancia

El certificado de depósito acredita la propiedad de las mercancías o los bienes depositados en el almacén general de depósito que lo emite; por su parte el título accesorio del certificado, denominado bono de prenda, acredita la existencia de un crédito prendario constituido sobre las mercancías o los bienes indicados en el certificado depósito al que esté adherido (art. 229, LGTOC).

Certificacion de Deposito a Plazo

Un certificado de depósito o un CD, es un instrumento financiero en el que un cliente deposita dinero en una institución financiera por un período fijo de tiempo a un tipo de interés fijo. Este sitio servirá como una guía especializada en certificado de seguro o inversiones de depósito, la búsqueda de los mejores seguros y más altas tasas de CD para sus clientes.

Cargos de Servicios

Las casas de cambio están usualmente ubicadas dentro de bancos o agencias de viajes, como así también en aeropuertos internacionales, estaciones de trenes, etc. Hacen ganancia y compiten manipulando dos variables: la tasa de cambio o cotización que usan para calcular transacciones, y una comisión explícita por su servicio.
Existen diferentes Casas de Cambio o empresas que se dedican al cambio de divisas, tal es el caso de México en donde se podrán encontrar los denominados Centros Cambiarios que son empresas comerciales que tienen como objetivo principal atender al transuente común y las Casas de Cambio que en ese País se trata de Instituciones financieras que son reguladas por las mismas entidades del gobierno federal que regulan a los Bancos y Casas de Bolsa.



Capital

es un factor de producción constituido por inmuebles, maquinaria o instalaciones de cualquier género, que, en colaboración con otros factores, principalmente el trabajo y bienes intermedios, se destina a la producción de bienes de consumo[1] -concepción neoclásica-, de servicios, y de conocimiento (sector cuaternario). Es la cantidad de recursos, bienes y valores disponibles para satisfacer una necesidad o llevar a cabo una actividad definida y generar un beneficio económico o ganancia particular. A menudo se considera a la fuerza de trabajo parte del capital. También el crédito, dado que implica un beneficio económico en la forma de interés, es considerado una forma de capital (capital financiero).



Cajillas de Seguridad

Contrato por el cual el banco pone a disposición del cliente una caja de seguridad (instalada dentro de un tesoro a prueba de robos, destrucción o incendio) para que deposite ahí aquello por cuya conservación esta particularmente interesado. Es una operación poco costosa y asegura el secreto de las fortunas. Dos rasgos fundamentales caracterizan esta institución: el cliente tiene acceso a su cofre (lo que lo diferencia del depósito) y el cliente espera del banco una guarda especial (lo que significa una diferencia con la locación). Se lo considera un contrato compuesto por una locación de cosas y una locación de obra, calificada por una prestación de custodia. La tranquilidad y la seguridad son características de la guarda del depósito, y no del uso y goce de la locación de cosas. La ignorancia del contenido no quita al depósito los requisitos típicos: a) la tradición y, b) la responsabilidad del depositario. Como en todo contrato de depósito, el banco, empresa depositaria, es responsable por los perjuicios que se produzcan (salvo caso fortuito o fuerza mayor). Cabe señalar, al respecto, que el banco ignora el contenido del cofre y el cliente tiene la carga de la prueba, a veces difícil, de los valores existentes en la caja de seguridad.

Cajeros Automaticos

Un cajero automático es una máquina expendedora usada para extraer dinero utilizando una tarjeta magnética (tarjeta de crédito por ejemplo), sin necesidad de personal del banco. En Puerto Rico se le llaman ATH (A Toda Hora). Es también conocido como ATM por sus iniciales en inglés Automated Teller Machine.
Suelen tener una pequeña impresora matricial o térmica para imprimir los resguardos de la operación y las libretas de ahorros.
Una lista de operaciones posibles sería:

Cacif

de acuerdo a sus Estatutos, el CACIF se compone de dos organismos de dirección: la Asamblea General y la Junta Directiva. La Asamblea General se constituye por las Juntas Directivas de todas sus entidades miembros y es el órgano jerárquico supremDo de la entidad. Por su parte, la Junta Directiva del CACIF tiene como principal propósito servir de ente ejecutor de los lineamentos de la Asamblea y está integrada por los presidentes y vicepresidentes de cada una de las entidades afiliadas.



Bono -14

Es una bonificación anual que todo patrono debe cancelar a su trabajador equivalente al cien por ciento del salario ordinario devengado por éste en un mes. Debe pagarse durante la primera quincena del mes de julio de cada año



Bono

Título valor expedido por un almacén general de depósito, que incorpora un crédito prendario sobre las mercaderías amparadas por el certificado de depósito y confiere, por sí mismo, los derechos y los privilegios de la pren ...

casa de bolsa

es una organización privada que brinda las facilidades necesarias para que sus miembros, atendiendo los mandatos de sus clientes, introduzcan órdenes y realicen negociaciones de compra y venta de valores, tales como acciones de sociedades o compañías anónimas, bonos públicos y privados, certificados, títulos de participación y una amplia variedad de instrumentos de inversión.
La negociación de los valores en los mercados bursátiles se hace tomando como base unos precios conocidos y fijados en tiempo real, en un entorno seguro para la actividad de los inversionistas, donde el mecanismo de las transacciones está totalmente regulado, lo que garantiza la legalidad y seguridad.



sábado, 14 de mayo de 2011

Bolsa de Valores

es una organización privada que brinda las facilidades necesarias para que sus miembros, atendiendo los mandatos de sus clientes, introduzcan órdenes y realicen negociaciones de compra y venta de valores, tales como acciones de sociedades o compañías anónimas, bonos públicos y privados, certificados, títulos de participación y una amplia variedad de instrumentos de inversión.
La negociación de los valores en los mercados bursátiles se hace tomando como base unos precios conocidos y fijados en tiempo real, en un entorno seguro para la actividad de los inversionistas, donde el mecanismo de las transacciones está totalmente regulado, lo que garantiza la legalidad y seguridad.



Bienes Muebles

Los bienes muebles son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se hallaran depositados.
Los bienes muebles, por oposición a los bienes inmuebles, son todos aquellos bienes personales depositados en estancias que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una vivienda.